CASO REAL: LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD (DEUDAS)
En este periodo que nos encontramos debido al cierre total o parcial de negocios por el COVID, a lo que hay que añadir una etapa anterior saliendo de una crisis precedente, los autónomos, pymes…pueden estar en una situación de grave riesgo frente a Bancos, entidades publicas o acreedores privados que pueden tener una solución satisfactoria con esta ley.
Caso: Previo al COVID, una pareja tenía una pyme dedicada al transporte que después de 15 años en el mercado, empezó a acumular deudas debido a impagos, y tras tres años de lucha por mantener el negocio llegaron a tener una deuda total de 400.000€ (300.000€ deuda privada-Bancos-, y unos 100.000€ de deuda pública-Hacienda y la SS). En ese momento el trabajaba (1.500€ nomina mensual) y ella en el paro, una casa hipotecada y un terreno valorado en 35.000 euros.
Tras el paso previo por Notaria, se llevo al Juzgado y finalmente le han aprobado acogerse a esta ley haciéndole una rebaja del 90% de la deuda y el restante lo tiene que pagar a 10 años (40.000€)
12 VENTAJAS DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD (Pymes y Autónomo)
- Posibilidad de ganar tiempo para recomponer la situación o poder vender activos y evitar una ejecución generalizada y el deterioro de aquellos por los embargos.
- Paralización de los intereses de las deudas con excepción de las que gocen de garantías hipotecarias.
- Paralización de Embargos y Ejecuciones de acreedores
- Posibilidad de rebajar la deuda mediante Quitas
- Posibilidad de alargar el plazo para devolución de las deudas mediante esperas de hasta 10 años
- Oportunidad de conseguir un acuerdo con los acreedores bajo tres modalidades diferentes; Convenio Extrajudicial de Pagos, Propuesta Anticipada de Convenio y el Convenio Ordinario en Junta de Acreedores (
- Facilita posibilidades de éxito del Concurso de Acreedores con una rebaja de entre 75% y 100% de la deuda.
- Levantamiento de embargo sobre la vivienda, vehículos y demás activos para poder venderlos o desinvertir.
- Derecho de alimentos a disposición de la Unidad Familiar para satisfacer sus necesidades y siempre igual o por encima del inembargable que establece la Ley
- Suspensión del pago de las deudas nacidas con anterioridad a la declaración del Concurso
- Liberación de las deudas para Personas Físicas.
- Rebajar hasta el 70% deudas con Hacienda y Seguridad Social, y aplazar el resto.
Si necesitas una segunda oportunidad con tus deudas como en el anterior caso y/o te encuentras en una situación de riesgo económico, puedes ponerte en contacto con nuestro despacho sin compromiso. Estudiaremos tu caso, y te daremos una solución.
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